ASPECTOS A CONSIDERAR EN LA ACTUALIZACIÓN DE LOS SISTEMAS DE NÓMINA
Es importante que al inicio del año se verifique que los datos que utilizarán los sistemas para calcular la nómina y para el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social, estén debidamente actualizados.
Por lo anterior, les presentamos una lista de los principales puntos a considerar para este inicio de 2026:
- Actualizar el salario mínimo presentando las modificaciones de salario en IDSE, en el SUA, en el sistema de nóminas y contratos a los que les aplique.
- Revisión de salarios mínimos profesionales por puestos y actualización, en caso de aplicar.
- Adecuaciones a Contratos individuales y Colectivos, por incrementos de salarios, salarios mínimos, periodos vacacionales vigentes, etc.
- Actualización del factor de integración por el efecto en la prima vacacional, para los trabajadores que cumplan antigüedad en el mes de enero y en los meses posteriores, considerando los periodos vacacionales vigentes.
- Actualizar las Cuotas de Cesantía y Vejez en nómina y estar al pendiente de la nueva versión del SUA.
- Considerar que los descuentos al salario por concepto de créditos de vivienda del INFONAVIT, no se suspenden por ausencias o incapacidades de los trabajadores en términos de la Ley del Seguro Social. Esta reforma al penúltimo párrafo del artículo 29 de la Ley del INFONAVIT se debe cumplir a partir del sexto bimestre de 2025, a pagar el 17 de enero de 2026.
- Actualizar las tarifas de ISR aplicables en 2026 para el cálculo de las retenciones por sueldos y salarios en el sistema de nóminas. Las tarifas se pueden obtener en el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal publicada para 2026 en el DOF, el 28 de diciembre de 2025.
- Considerar el nuevo subsidio al empleo para 2026 conforme al “Decreto por el que se modifica el diverso que otorga el subsidio al empleo” publicado el 31 de diciembre de 2025 y que contempla un monto aplicable para el mes de enero y un monto aplicable para el mes de febrero en adelante, para los trabajadores cuyos ingresos mensuales que sirvan de base para calcular el ISR mensual no excedan de $11,492.66
- Actualizar UMI y UMA a partir del 1 de febrero en SUA y en los sistemas de nóminas.