AVANZA LA REDUCCIÓN DE LA JORNADA LABORAL DE 48 A 40 HORAS

Finalmente el pasado 3 de diciembre de 2025 se presentaron en el Senado de la República dos iniciativas encaminadas a reducir la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales sin reducción salarial, mismas que fueron firmadas por la Presidenta Claudia Sheinbaum, estas son:

  • La iniciativa con PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL ARTÍCULO 123, APARTADO A DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en materia de reducción de la jornada laboral
  • La iniciativa con PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, en materia de reducción de la jornada laboral”.

La primera de ellas propone modificar el Artículo 123 constitucional en su Apartado A, en las siguientes fracciones:

IV. La jornada laboral será de cuarenta horas semanales en los términos que establezca la Ley.

Por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro.

XI. Cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un cien por ciento más de lo fijado para las horas ordinarias. El trabajo extraordinario no excederá de doce horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.

La prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido en el párrafo que antecede, obliga a la persona empleadora a pagar doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme a lo establecido en la Ley de la materia.

Los menores de dieciocho años no podrán laborar tiempo extraordinario.

Así mismo en artículos Transitorios se propone lo siguiente:

TERCERO. La duración de la jornada laboral a que se refiere el artículo 123, apartado A, fracción IV del presente Decreto, se alcanzará de manera gradual, a partir del 1 de enero del año correspondiente, conforme a lo siguiente:

AñoJornada máxima semanal
202648 horas
202746 horas
202844 horas
202942 horas
203040 horas

 CUARTO. En ningún caso la reducción de la jornada laboral implicará la disminución de sueldos, salarios o prestaciones de las personas trabajadoras.

Por su parte, la segunda iniciativa propone cambios a diversos artículos secundarios de la Ley Federal del Trabajo para ajustarlos a la reducción de la jornada laboral, y se propone que entren en vigor el 1 de mayo de 2026, dando un periodo para que las personas trabajadoras y los empleadores ajusten los procesos de trabajo a los nuevos términos de la Ley.

Entre los cambios propuestos por esta iniciativa destacan los límites graduales de la jornada extraordinaria conforme a lo siguiente: 

AñoHoras Extras
20269
20279
202810
202911
203012

Es importante considerar que el proyecto deberá seguir el proceso legislativo, que incluye la discusión, votación y aprobación en ambas cámaras del Congreso y finalmente su publicación en el Diario Oficial de la Federación, lo que marcará su entrada oficial en vigor, así mismo se considera que el proceso legislativo se llevará a cabo hasta 2026.