CUARTA RESOLUCION DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCION MISCELANEA FISCAL PARA 2020

11/1/2021

PRINCIPALES PUBLICACIONES EN EL DOF

Diciembre 11, 2020

El 11 de diciembre de 2020 se publicó en el DOF la Cuarta y última Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2020.

Las únicas modificaciones establecidas en esta resolución, son las relativas a lo siguiente:

DISPOSICIONES GENERALES

Regla 2.1.6. Días inhábiles

Se reforma esta regla para actualizar el periodo general de vacaciones y los días inhábiles para el SAT:

  1. Son periodos generales de vacaciones para el SAT:

c) Los días 17, 18, 21, 22, 23, 28, 29 y 30 de diciembre de 2020, así como el 4 y 5 de enero de 2021.

II. Son días inhábiles para el SAT el 9 y 10 de abril de 2020, el 2 de noviembre de 2020, así como los días 24 y 31 de diciembre de 2020, y el 6 de enero de 2021.

DEL PAGO DE DPA’S VÍA INTERNET Y VENTANILLA BANCARIA

Regla 2.11.2. Forma de realizar el pago de derechos sobre minería

Los contribuyentes que de conformidad con el Título II, Capítulo XIII de la LFD se encuentren obligados al pago de los derechos sobre minería, deberán presentar declaración conforme a las fichas de trámite 2/DERECHOS “Declaración del Pago del Derecho sobre Minería”, 3/DERECHOS “Declaración del Pago del Derecho Especial sobre Minería”, 4/DERECHOS “Declaración del Pago del Derecho Adicional sobre Minería” y 5/DERECHOS “Declaración del Pago del Derecho Extraordinario sobre Minería”, contenidas en el Anexo 1-A.

                  Se tendrá por cumplida la obligación de presentar las declaraciones a que se refiere la presente regla, con el envío de las mismas y efectuado el pago que en su caso corresponda, conforme lo dispuesto en las fichas de trámite referidas en el párrafo que antecede.

                  Los contribuyentes que deban presentar declaraciones complementarias deberán efectuarlas conforme lo establecido en las fichas de trámite citadas en el primer párrafo de esta regla.

TRANSITORIOS

PRIMERO. La presente Resolución entró en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.