DISPONIBLE LA NUEVA VERSIÓN 3.6.9 DEL SISTEMA ÚNICO DE AUTO-DETERMINACIÓN (SUA) PARA CUMPLIR CON LA REFORMA A LA LEY DEL INFONAVIT

25/11/2025

El instituto Mexicano del Seguro Social anunció en su página de Internet que a partir del día 30 de octubre de 2025, está disponible la nueva versión 3.6.9 del SUA, en la cual se consideran los cambios para dar cumplimiento a la reforma del artículo 29 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2025.

Esta reforma señala que cuando se trate de la obligación de hacer los descuentos a que se refiere la fracción III del artículo 29 de la Ley del INFONAVIT (abonos para cubrir los préstamos otorgados por el Instituto a los trabajadores), no se suspenderá por ausencias o incapacidades en términos de la Ley del Seguro Social.

Es importante considerar que el patrón en ningún caso deberá realizar un descuento mayor al salario pagado al trabajador o en su caso a la cantidad que resulte de lo previsto por el artículo 97 de la Ley Federal del Trabajo, no existiendo obligación del patrón respecto de la cantidad que en estos casos no pudo ser descontada, de modo que no se genera una deuda a descontar posteriormente.

Por lo anterior, la versión 3.6.9 del SUA contiene los siguientes cambios:

  • Se considera un ajuste en el registro de incidencias para el bimestre 25/05 y posteriores.
  • Continúa considerando la configuración para aplicar el nuevo plazo para el cumplimiento del Art. 29 de la Ley del INFONAVIT a partir del bimestre 25/06.
  • Conserva la compatibilidad con los parámetros establecidos en las versiones 3.6.7 y 3.6.8, asegurando uniformidad en su implementación.

Les recordamos que conforme al aviso publicado por el INFONAVIT en el DOF el 15 de mayo pasado, inicialmente el plazo para aplicar la mencionada reforma, era a partir del pago de salarios correspondientes al 4° bimestre de 2025; sin embargo el H. Consejo de Administración de este Instituto aprobó ampliar el plazo para la implementación, de modo que se comenzará a aplicar a partir del pago de salarios correspondientes al 6° bimestre de 2025 (noviembre y diciembre), cuyo entero deberá efectuarse a más tardar el 19 de enero de 2026.  Este plazo se formalizó mediante el aviso publicado en el DOF, el día 10 de noviembre de 2025.

Por último, si ya se tiene instalado el SUA 3.6.8 o anterior, la recomendación es respaldar la información y posteriormente actualizar con el complemento 3.6.9.

La nueva versión del SUA y las instrucciones para instalarla se pueden encontrar en: https://www.imss.gob.mx/patrones/sua