POR TERMINAR EL PERIODO DE TRANSICIÓN PARA LA EMISIÓN DEL CFDI CON COMPLEMENTO “CARTA PORTE” QUE NO CUMPLA TODOS LOS REQUISITOS

11/12/2023

Les recordamos que la expedición del CFDI con complemento Carta Porte es obligatorio desde el 1 de enero de 2022, para todas las personas físicas y morales que transporten bienes y/o mercancías en territorio nacional, incluso a través de sus propios medios; pero aún existe la facilidad de que dicho complemento no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”.

El periodo de transición por el que se otorga esta facilidad termina el próximo 31 de diciembre de 2023, por lo que es importante que se tomen las debidas previsiones para emitir de manera correcta el complemento Carta Porte a partir del 1 de enero de 2024.

La mencionada facilidad está prevista en el Artículo Décimo Transitorio de la RMF para 2023, que fue modificado a través de la Sexta Resolución de Modificaciones a la RMF publicada en el DOF el 28 de septiembre de 2023, para ampliar el plazo por última ocasión y quedar como sigue:

DÉCIMO. Para los efectos de los artículos 29, último párrafo, 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, con relación a la Sección 2.7.7., se entiende que cumplen con las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 31 de diciembre de 2023 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.

Asimismo, a partir del 1 de enero de 2024 los contribuyentes estarán obligados a utilizar la versión 3.0 del complemento Carta Porte publicado el 25 de septiembre de 2023 en el Portal del SAT, de acuerdo con lo previsto en el artículo Segundo Transitorio de la Octava Resolución de Modificaciones a la RMF publicada en el DOF el 23 de noviembre de 2023.

Cabe recordar también, que a partir del 1 de enero de 2024 la autoridad podrá imponer la multa correspondiente por el llenado incorrecto del CFDI con complemento Carta Porte, la cual va de $400 a $600 por cada CFDI que no cumpla con los lineamientos establecidos por las reglas de carácter general, como lo establecen los artículos 83 Fracción VII y 84 Fracción IV (d del Código Fiscal de la Federación.