SE EXTIENDE EL PERIODO DE PRUEBA DEL COMPLEMENTO “CARTA PORTE”

11/3/2022

A través del Anteproyecto de la Tercera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2022, publicada el 9 de marzo en la página de Internet del SAT, se reforma al Artículo Transitorio Cuadragésimo Séptimo de la RMF para 2022.

Cuadragésimo Séptimo.

El uso del CFDI con complemento Carta Porte a que se refieren las reglas 2.7.7.1., 2.7.7.2., 2.7.7.3., 2.7.7.4., 2.7.7.5., 2.7.7.6., 2.7.7.7., 2.7.7.8., 2.7.7.9., 2.7.7.10., 2.7.7.11. y 2.7.7.12., será aplicable a partir del 1 de enero de 2022.

Para efectos de lo dispuesto en los artículos 84, fracción IV, inciso d) y 103, fracción XXII del CFF, se entiende que cumplen con lo dispuesto en las disposiciones fiscales, aquellos contribuyentes que expidan el CFDI con complemento Carta Porte hasta el 30 de septiembre de 2022 y este no cuente con la totalidad de los requisitos contenidos en el “Instructivo de llenado del CFDI al que se le incorpora el complemento Carta Porte”, publicado en el Portal del SAT.