SE PUBLICA LA REFORMA AL SISTEMA DE PENSIONES

11/1/2021

El pasado 16 de diciembre se publicó en el DOF el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el retiro, que constituyen la denominada reforma al sistema de pensiones.  Este decreto entró en vigor el 1 de enero de 2021, sin embargo algunos de sus efectos iniciarán con posterioridad de acuerdo a lo dispuesto en los artículos transitorios.

Los principales cambios que establece la reforma son:

Aumento en las aportaciones patronales del ramo de Cesantía en edad avanzada y vejez

La aportación de los patrones se eleva del 3.15% actual, hasta llegar al 11.875% en el 2030.  El aumento iniciará a partir de 2023 y se realizará progresivamente y en función del salario del trabajador, por lo tanto, las aportaciones patronales de este ramo permanecerán en 3.15% entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2022 lo que evitará un impacto inmediato en las finanzas de las empresas (Artículo Segundo Transitorio, fracción I).

Disminución en el número de semanas cotizadas

Se reduce el número de semanas de cotización que se requieren para tener acceso a las prestaciones de los seguros de cesantía en edad avanzada y vejez de 1,250 a 1,000.  Este cambio también se hará de manera gradual:

  • A partir del 1 de enero de 2021, se requieren 750 semanas de cotización.
  • Se incrementará anualmente en 25 semanas de cotización durante los siguientes 10 años.
  • Finalmente en el año 2031 se requerirán 1,000 semanas de cotización.

Incremento en el valor de la pensión mínima garantizada

Se modifica la forma de determinar el monto de la pensión garantizada para que se calcule considerando las semanas de cotización, el promedio del salario base de cotización durante la vida laboral del trabajador y su edad. Este cambio también se hará de manera progresiva: se comenzará en 2021 cubriendo a quienes tengan 750 semanas de cotización, conforme a la tabla prevista en el Artículo Cuarto Transitorio, y el mínimo de semanas de cotización se incrementará en 25 cada año hasta completar las 1,000 semanas cotizadas.

Aportaciones del Estado

La aportación del Estado modifica su composición para beneficiar sólo a los trabajadores de menores ingresos, sin incrementar su monto total.  Este cambio también es paulatino:

  • Del 1 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2022 el Gobierno seguirá cubriendo en los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez la cuota social como lo viene haciendo actualmente. 
  • Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2023, el Gobierno cubrirá mensualmente una cantidad por cada día de salario cotizado, por concepto de cuota social a los trabajadores que ganen de 4.0 a 7.09 veces la UMA
  • Finalmente A partir del 1 de enero de 2023, el Gobierno, por cada salario cotizado, aportará mensualmente una cantidad por concepto de cuota social a los trabajadores que ganen hasta 4 veces la UMA.

Otros cambios

  • Hasta antes de la reforma el trabajador tenía que elegir entre contratar un seguro de renta vitalicia o mantener los recursos en una Administradora de Fondos para el Retiro y efectuar retiros programados con cargo al saldo, con la reforma, se establece que los asegurados podrán elegir ambas opciones.
  • En caso de fallecimiento del trabajador o pensionado, los beneficiarios designados no tendrán que acudir a una instancia jurisdiccional para ejercer sus derechos.

Las comisiones que cobren las afores estarán sujetas a un máximo, que resultará del promedio aritmético de los cobros de comisiones en los sistemas de contribución definida de Estados Unidos, Colombia, y Chile, de conformidad con las políticas y criterios que emita la Junta de Gobierno de la CONSAR.